TRAMITACIÓN DE SUBVENCIONES/ FINANCIACIÓN

EXTRACTO  DISPOSICION 10201 MINISTERIO INDUSTRIA, ENERGIA Y TURISMO. BOE  235 1 /10/2013

BASE DEL PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA REHABILITACIÓN  ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES DEL SECTOR RESIDENCIAL (USO VIVIENDA Y HOTELERO)

0.    ANTECEDENTES

El IDAE tiene encomendadas, entre otras, las funciones de: analizar, determinar, proponer y ejecutar, las medidas necesarias para obtener políticas sectoriales eficaces, fomentar la utilización de nuevas tecnologías en equipos y proyectos, y fomentar e incentivar el uso de nuevas fuentes de energía, la racionalización del consumo y la reducción de costes energéticos.

 

Dentro de nuestro nuevo marco normativo y considerando el bajo porcentaje de la rehabilitación en España respecto la UE, se considera necesario desarrollar un programa específico de apoyo económico que incentive la ejecución de medidas de mejora de la eficiencia energética y la utilización de las energías renovables en edificios del sector residencial de uso vivienda y hotelero.

 

En el contexto económico actual, resulta imprescindible que su gestión y convocatoria se realice en una única convocatoria a nivel nacional para asegurar la plena efectividad del presupuesto disponible.

1.    OBJETO

Incentivar y promover la realización de actuaciones integrales que favorezcan: El ahorro energético. La mejora de la eficiencia energética. El aprovechamiento de las energías renovables.

2.    RÉGIMEN DE CONCESIÓN    DE AYUDAS

1.   Modalidad: Entrega dineraria sin contraprestación. Préstamo reembolsable.

 

2. Se otorgarán en concurrencia simple por orden de fecha de presentación hasta agotar presupuesto disponible.

 

3. Las actuaciones comprometidas se efectuarán en bienes o activos de titularidad del solicitante o beneficiario de las ayudas.

 

4. Las ayudas concedidas estarán sometidas a los requisitos y límites establecidos en el Reglamento CE 1998/2006 de la comisión del 15 de diciembre de 2006.

 

5. Serán incompatibles con cualquier otra  concedida para la misma finalidad por  cualquier Administraciones Públicas u organismos o entes públicos nacionales o internacionales.

3. TIPOLOGÍA DE ACTUACIONES OBJETO DE AYUDAS

1. Mejora eficiencia energética de la envolvente térmica.

 

2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas e iluminación.

 

3.   Sustitución de la energía convencional por biomasa en inst. térmicas.

 

4.Sustitución de la energía convencional por geotermia en inst. térmicas.

4.    PRESUPUESTO

Presupuesto global 125.000.000€ repartido en 31.250.000 en cada tipología de actuación.

5. ACTUACIONES  ELEGIBLES CUANTÍAS DE AYUDAS

1.   Vienen recogidas en el ANEXO I

 

 

2. Deberán cumplir además los siguientes requisitos:

a. Las actuaciones no deben haberse iniciado antes de la entrada en vigor de la ley por lo que no se podrán acoger gastos pagados con anterioridad.

b. El edificio debe ser existente por lo que la certificación catastral deberá de ser anterior al 2.013.

c. El 70% de la superficie construida del edificio debe estar destinado a vivienda.

d. En el caso de uso Hostelero deberá demostrar que pertenece al grupo 681. Servicio de hospedaje en Hoteles y moteles de la agrupación 68. Servicio de hospedaje. Certificado actualizado de Inscripción Censal de Actividades económicas expedido por la Delegación provincial de Hacienda.

 

3. Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética  en 1 letra medida en la emisión de dióxido de carbono Kg Co2/m2 año.

 

4. Solo se considerarán actuaciones en la envolvente térmica total del edificio, no sobre una o varias viviendas. Las actuaciones sobre las instalaciones sólo se consideraran cuando la potencia nominal térmica de generación de frío o calor sea mayor de 100kw. 

 

5. El plazo máximo para empezar las obras será de seis meses desde la concesión de la ayuda.

 

6.Las actuaciones deberán contar con las correspondientes licencias y autorizaciones administrativas. 

6. COSTES ELEGIBLES

Honorarios técnicos para la realización del certificado de eficiencia energética.

 

Coste de Redacción de Proyectos.

 

Costes de la Dirección y Ejecución de la obra y de las instalaciones en su caso.

 

Inversión en equipos, coste de las instalaciones, obras e instalaciones auxiliares asociadas.

 

No se incluirán licencias, tasas e impuestos.

7. CUANTÍA Y MODALIDAD DE LAS AYUDAS

1. La cuantía máxima de las ayudas se determinará en función de la tipología de actuación y coste elegible, de acuerdo con lo que se establece en el ANEXO I.

 

2.   Las modalidades de ayuda, serán entrega dineraria sin contraprestación y el préstamo reembolsable.

 

3. La entrega dineraria sin contraprestación será efectuada al beneficiario.

 

 

4.Los préstamos reembolsables deberán ser formalizados en el plazo máximo de 60 días desde la notificación de la resolución según el ANEXO IV. Tipo de interés Euroibor + 0

Plazo máximo: 12 años incluido 1 de cadencia

Aval o Contrato de seguro de Cautión por importe del 20% del valor del préstamo

 

Las empresas avalistas y de Cautión deberán cumplir:

a. No encontrarse en situación de mora frente al IDAE

b. No hallarse en situación de concurso de acreedores

c. No encontrase suspendida o extinguida la autorización para el uso de su    actividad en España o sometida a medida de control especial

La garantía deberá ser aportada al IDAE 15 días antes de la formalización del préstamo.

La cuantía de dicho préstamo deberá ser abonado en el plazo que se indique en el contrato.


ANEXO 1: ACTUACIONES ELEGIBLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS

ACTUACIÓN 1

MEJORA DE LA ENVOLVENTE TÉRMICA DEL EDIFICIO

1.       OBJETO

Reducir la demanda energética en calefacción y climatización de los edificios existentes dentro del sector residencial (vivienda y hotel), mediante mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica en su conjunto o en parte de los elementos que la componen.

2.       ACTUACIONES ELEGIBLES

Podrán contemplar actuaciones convencionales y no convencionales tales como las conocidas como medidas bioclimáticas. Las exigencias mínimas de eficiencia energética que deben cumplir son las que figuran en el  código Técnico de la edificación.

3.       CUANTÍA DE LAS AYUDAS

1. Bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación podrá llegar al 30% del coste elegible  de la actuación. En caso de uso vivienda podrá llegar como máximo al 3.000€/viv.

 

2. Bajo la modalidad de coste reembolsable podrá ser hasta el 60% de la actuación, en el caso de la vivienda un límite máximo de 6.000€/viv.